Tema 1 · 1.2.3
Vehículos especiales agrícolas
1 min de lectura · Actualizado con el RD 518/2026 (en vigor desde el 1 de octubre de 2026)
Hechos para trabajar, no para viajar
Si ves un tractor lento en una carretera, estás ante un vehículo especial: está construido para obras, servicios o trabajos agrícolas. Por sus características no cumple alguna de las condiciones técnicas de los demás vehículos, o supera de forma permanente las masas y dimensiones normales.
Puede ser autopropulsado (se mueve solo, como un tractor) o remolcado (necesita que otro lo arrastre).
Tractor, motocultor y máquinas remolcadas
Agrícolas
- Tractor agrícola: dos o más ejes; arrastra, empuja o acciona aperos, máquinas o remolques.
- Motocultor: un solo eje; lo dirige con manceras una persona que va a pie (algunos, desde un asiento del remolque).
- Máquina agrícola remolcada: para moverse necesita un tractor, un motocultor o una máquina automotriz.
- Máquina automotriz de servicios: dos o más ejes, hecha para efectuar trabajos agrícolas.
Velocidad y sitio en la vía
Un vehículo especial va despacio por construcción. Por eso la ley le da su propia velocidad y su propio sitio: el arcén.
máxima general
sin luz de freno, motocultor o con remolque
si por construcción pasa de 60 km/h
Los vehículos especiales de hasta 3.500 kg de MMA están obligados a circular por el arcén si es transitable; los de más de 3.500 kg van por la calzada.

🔒 Pregunta de examen DGT
La velocidad máxima, con carácter general, para un vehículo especial es de...
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🔒 Pregunta de examen DGT
Un tractor que arrastra un remolque, ¿qué velocidad máxima no debe rebasar fuera de poblado?
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