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Animales en la vía: cuándo y cómo
1 min de lectura · Actualizado con el RD 518/2026 (en vigor desde el 1 de octubre de 2026)
Solo si no hay vía pecuaria
Los animales de tiro, carga o silla y el ganado (sueltos o en rebaño) solo pueden ir por la vía cuando no hay una vía pecuaria practicable, y siempre por el itinerario con menos tráfico.
Cómo se conducen
- Siempre custodiados por al menos una persona mayor de 18 años capaz de dominarlos en todo momento.
- Sin invadir la zona peatonal.
- Animales de tiro, carga o silla y ganado suelto: por el arcén derecho; si van por la calzada, pegados al borde derecho. Un solo animal puede ir por el izquierdo si es más seguro.
- Solo cruzan la vía por pasos autorizados y señalizados.

🔒 Pregunta de examen DGT
¿Está permitida la circulación de cabezas de ganado, aisladas o en rebaño, por una carretera convencional?
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🔒 Pregunta de examen DGT
Cuando no exista vía pecuaria, ¿en qué vías está permitida la circulación de los rebaños de animales?
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