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Tema 3 · 3.10.3.4

Calzadas y vías obligatorias o reservadas

2 min de lectura · Actualizado con el RD 518/2026 (en vigor desde el 1 de octubre de 2026)

Obligatoria para unos

R-404 · Calzada obligatoria para automóviles, excepto motocicletas de dos ruedas Obligación para los conductores de automóviles, excepto motocicletas de dos ruedas, de circular por la calzada a cuya entrada esté situada.
R-405 · Calzada obligatoria para motocicletas de dos ruedas Obligación para los conductores de motocicletas de dos ruedas de circular por la calzada a cuya entrada esté situada.
R-406 · Calzada obligatoria para camiones, tractocamiones y furgones o furgonetas Obligación para los conductores de toda clase de camiones, tractocamiones y furgones o furgonetas, independientemente de su masa, de circular por la calzada a cuya entrada esté situada. La inscripción de una cifra de tonelaje sobre la silueta del vehículo o en una placa suplementaria, significa que la obligación solo se aplica cuando la masa máxima autorizada del vehículo o del conjunto de vehículos supere la citada cifra. Con una cifra de toneladas, solo para los de MMA mayor.
R-408 · Camino obligatorio para vehículos de tracción animal Obligación para los conductores de vehículos de tracción animal de utilizar el camino a cuya entrada esté situada.
R-419 · Camino obligatorio para tractores Obligación para los conductores de tractores de utilizar el camino a cuya entrada esté situada.

Estas señales obligan a esos vehículos a usar esa calzada o camino, pero no prohíben entrar a los demás.

Comprueba lo que has leído

Pregunta 1 / 1

Por la calzada a cuya entrada está situada esta señal, ¿qué vehículos están obligados a circular?

Obligatoria y reservada

R-407a · Vía reservada y obligatoria para ciclos Obligación para los conductores de ciclos de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.
R-407b · Vía reservada y obligatoria para ciclomotores Obligación para los conductores de ciclomotores de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.
R-409 · Camino reservado y obligatorio para animales de montura Obligación para los jinetes de utilizar con sus animales de montura el camino a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarlo.
R-410 · Camino reservado y obligatorio para peatones Obligación para los peatones de transitar por el camino a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarlo.
R-420 · Vía reservada y obligatoria para vehículos de movilidad personal Obligación para los conductores de vehículos de movilidad personal de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.
R-421 · Vía reservada y obligatoria para ciclos y para vehículos de movilidad personal Obligación para los conductores de ciclos y de vehículos de movilidad personal de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.
R-422 · Desmontar y continuar a pie Obligación para los usuarios de ciclos de continuar a pie. Si dicha obligación se limita a ciertos periodos, se indicará mediante un panel complementario.

🔒 Pregunta de examen DGT

¿Puede circular una motocicleta por la vía señalizada con esta señal?

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