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Tema 9 · 9.5

Dotación obligatoria: V-16 y chaleco

1 min de lectura · Actualizado con el RD 518/2026 (en vigor desde el 1 de octubre de 2026)

La dotación obligatoria de un turismo

Elemento ¿Obligatorio?
Baliza V-16 conectada (dispositivo de preseñalización de peligro) Sí, desde el 1-1-2026
Chaleco reflectante homologado Sí, uno
Rueda de repuesto o temporal con herramientas, o kit antipinchazos Sí, una de las opciones
Triángulos Ya no valen
Extintor No (sí con remolque)
Botiquín, lámparas de repuesto No, solo recomendables

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Pregunta 1 / 1

¿Cuál de los siguientes accesorios está obligado a llevar el conductor de un turismo?

Uno, homologado y a mano

Chaleco de alta visibilidad Certificado: no vale cualquier prenda reflectante.
  • En turismos, mixtos y furgonetas hasta 3.500 kg es obligatorio uno (el del conductor). Llevar más es recomendable.
  • Debe estar homologado (certificado, marcado CE).
  • Desde el 1 de octubre de 2026, las motocicletas también deben llevar uno.
  • Camiones, autobuses y conjuntos también lo llevan.

Dónde llevarlo y cuándo ponértelo

  • Dentro del habitáculo, al alcance, para ponértelo antes de salir. En el maletero no sirve.
  • No al sol todo el día (por ejemplo, en la bandeja trasera): la luz le hace perder sus propiedades reflectantes.
  • Es obligatorio ponérselo al salir y ocupar la calzada o el arcén de una vía interurbana.

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Pregunta 1 / 2

En un turismo, ¿cuántos chalecos reflectantes es obligatorio llevar?

Pregunta 2 / 2

¿Qué ocurre cuando se deja el chaleco reflectante expuesto a la luz?

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