Tema 6 · 6.5.2
Cada cuánto hay que pasar la ITV: coches y motos
1 min de lectura · Actualizado con el RD 518/2026 (en vigor desde el 1 de octubre de 2026)
Cuenta desde la matriculación
La antigüedad del vehículo se cuenta desde la fecha de su primera matriculación, que figura en el permiso de circulación. No importa cuándo lo compraste ni cuándo se fabricó.
| Vehículo | Primera ITV | Después |
|---|---|---|
| Turismo (y autocaravana) | A los 4 años | Cada 2 años hasta los 10 años; cada año a partir de los 10 |
| Moto, triciclo, cuadriciclo, quad | A los 4 años | Cada 2 años (bienal) |
| Ciclomotor de 2 ruedas | A los 3 años | Cada 2 años |
4 años
Turismo nuevo
primera ITV
2 años
Siguiente
hasta los 10 años
1 año
Anual
desde los 10 años
Ejemplos
| Situación | Frecuencia |
|---|---|
| Turismo nuevo de uso privado | Primera ITV a los 4 años, a contar desde la matriculación |
| Turismo con 5 años | Bienal |
| Turismo con 11 años | Anual |
| Moto con 5 años | Bienal: cada dos años |
| Moto que acaba de pasar su primera ITV | La siguiente, dentro de 2 años |


🔒 Pregunta de examen DGT
Un turismo de uso privado con once años de antigüedad, debe someterse a la inspección técnica periódica...
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