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Tema 6 · 6.2

Documentos que hay que llevar en el vehículo

1 min de lectura · Actualizado con el RD 518/2026 (en vigor desde el 1 de octubre de 2026)

Cuatro documentos

Quien conduce un turismo debe llevar consigo estos documentos, válidos y vigentes, y mostrarlos a los agentes cuando se los pidan:

  1. Permiso de conducción (el carné).
  2. Permiso de circulación del vehículo: el que lo autoriza a circular y acredita su matriculación.
  3. Tarjeta de inspección técnica (ficha ITV), con el informe de la última inspección.
  4. Justificante del seguro obligatorio en vigor.
Carné Permiso de conducción
Permiso de circulación Autoriza al vehículo a circular
Seguro Justificante del seguro obligatorio

¿Y si solo llevo fotocopias?

Se pueden llevar fotocopias, pero solo si están cotejadas: se lleva el original y la fotocopia a la Jefatura de Tráfico, que sella la copia para que sea válida.

El permiso de conducción también se puede enseñar en formato digital con la aplicación miDGT.

Documento Fotocopia
Cotejada (con sello) Válida
Sin cotejar, aunque sea a color No válida

Moto, ciclomotor y remolque

Vehículo Qué lleva el conductor
Turismo Permiso de conducción + permiso de circulación + ficha ITV + seguro
Motocicleta Igual: permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica, además del carné y el seguro
Remolque ligero (hasta 750 kg) Su ficha técnica; lleva la matrícula del vehículo que lo arrastra
Remolque pesado (más de 750 kg) Permiso de circulación y tarjeta ITV propios

Comprueba lo que has leído

Pregunta 1 / 2

Un turismo, ¿qué documentos debe llevar?

Pregunta 2 / 2

¿Se puede llevar una fotocopia del permiso de conducción en lugar del original?

Pasa de leer a aprobar

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